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ANÁLISIS DE RIESGO Y EVALUACIÓN DE IMPACTO EN PROTECCIÓN DE DATOS: CLAVES PARA CUMPLIR CON EL RGPD

2025-02-24 10:51

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ANÁLISIS DE RIESGO Y EVALUACIÓN DE IMPACTO EN PROTECCIÓN DE DATOS: CLAVES PARA CUMPLIR CON EL RGPD

Análisis de riesgos y la evaluación de impacto en protección de datos. Descubre cómo estas competencias son clave en el Máster en RGPD de la AEPD y la UNED

INTRODUCCIÓN


En el contexto actual, donde los datos personales son un activo invaluable para las empresas y organizaciones, garantizar su protección se ha convertido en una prioridad. El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece un marco regulatorio que exige la adopción de medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger los datos personales de los individuos. Entre las herramientas más importantes para cumplir con este reglamento destacan el análisis de riesgos y la evaluación de impacto en la protección de datos.


Este artículo desglosa estos conceptos fundamentales y su relevancia dentro del marco de cumplimiento del RGPD. Además, analizamos cómo estas competencias están incluidas de manera teórica y práctica en programas académicos como el Máster en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y la UNED, reconocido como uno de los mejores en toda habla hispana.


CONCEPTOS BÁSICOS: ANÁLISIS DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE IMPACTO


¿Qué es el análisis de riesgos?


El análisis de riesgos en protección de datos es un proceso mediante el cual una organización identifica, evalúa y gestiona los posibles riesgos que pueden afectar los derechos y libertades de las personas físicas, de colectivos de personas físicas o del propio estado de derecho. Este análisis se orienta a identificar factores de riesgo y cómo pueden afectar a los interesados con el objetivo de identificar qué medidas deben implementarse para eliminar o reducir esos riesgos.


El análisis de riesgos se basa en una serie de fases clave:


  1. Identificación de factores de riesgo: Aquí se determina de manera inicial el riesgo inherente de un tratamiento que nos lleva a la toma de decisión de calificar el tratamiento como de alto o de escaso riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas.
  2. Riesgo inherente escaso: Si el riesgo inherente es escaso, una vez mitigado el riesgo, se procede a la puesta en marcha del tratamiento que será objeto de auditoría o revisión a lo largo del ciclo de vida del tratamiento cuando sea necesario o cuando periódicamente lo determine su responsable
  3. Riesgo inherente alto: Si como resultado de la identificación inicial de riesgos el tratamiento obtiene la calificación de alto riesgo, será de aplicación el marco extendido de la gestión del riesgo que implica la obligación de realizar una evaluación de impacto en protección de datos atendiendo a lo previsto en el artículo 35 del RGPD y, en su caso, una consulta previa a la Autoridad de Control cuando de la EIPD se determine que el responsable no ha identificado o mitigado suficientemente todos los riesgos.
  4. Plan de acción: El resultado de la EIPD proporcionará al responsable la descripción sistemática del tratamiento con una visión global de cada una de las operaciones de tratamiento donde se incluyan todos los activos implicados y una descripción de los fines intermedios con relación a los fines últimos del tratamiento en su conjunto. Partiendo de esta visión existirá un plan de acción o plan de medidas para mitigar o eliminar los riesgos que toda la organización deberá seguir.

¿QUÉ ES LA EVALUACIÓN DE IMPACTO?


La evaluación de impacto relativa a la protección de datos (también conocida como DPIA por sus siglas en inglés, Data Protection Impact Assessment) es una herramienta clave dentro del RGPD. Su objetivo es evaluar el impacto que tienen determinadas operaciones de tratamiento de datos en los derechos y libertades de las personas.


Según el artículo 35 del RGPD, la evaluación de impacto es obligatoria cuando un tratamiento de datos personales, en particular mediante nuevas tecnologías, puede suponer un alto riesgo para los derechos y libertades de los individuos, como ocurre con el tratamiento a gran escala de datos sensibles o la monitorización sistemática de espacios públicos.


La DPIA incluye:


  • Descripción del tratamiento: Descripción detallada de las operaciones de tratamiento previstas y sus finalidades.
  • Evaluación de la necesidad y proporcionalidad: Valoración de la justificación del tratamiento en relación con sus objetivos.
  • Gestión de riesgos: Identificación y evaluación de los riesgos que el tratamiento podría suponer para los derechos y libertades de los interesados.
  • Medidas de mitigación: Medidas para abordar y minimizar los riesgos identificados.

ANÁLISIS Y GESTIÓN DE RIESGOS EN PROTECCIÓN DE DATOS


El proceso de análisis de riesgos


El análisis de riesgos en protección de datos es una herramienta fundamental para las organizaciones, ya que les permite identificar y gestionar los riesgos asociados a las operaciones de tratamiento de datos personales. Las metodologías de gestión del riesgo permiten que el proceso de análisis de riesgos pueda realizarse de manera sistemática.


Una metodología para la gestión del riesgo en protección de datos personales tiene por objetivo principal proteger los derechos y libertades fundamentales de los interesados.


Las metodologías de análisis y gestión de riesgos de riesgos se puede dividir, al menos, en las siguientes etapas:


  1. Identificación de riesgos: Identificar las posibles fuentes de riesgo, ya sean internas (errores humanos, fallos tecnológicos) o externas (ataques cibernéticos, desastres naturales).
  2. Evaluación de los riesgos: Determinar la severidad del impacto que dichos riesgos podrían tener sobre los datos personales. Esto incluye tanto la probabilidad de que ocurra el riesgo como las consecuencias potenciales de su materialización.
  3. Priorización: No todos los riesgos tienen el mismo impacto o probabilidad. Por ello, una vez evaluados los riesgos, se deben priorizar aquellos que representan una mayor amenaza.
  4. Planificación de medidas de mitigación: Aquí se diseñan e implementan controles que permitan minimizar los riesgos. Pueden incluir medidas técnicas (cifrado, firewalls) o medidas organizativas (formación del personal, políticas internas de acceso a datos).
  5. Monitoreo continuo y auditorías: Los riesgos no son estáticos, y pueden cambiar con el tiempo debido a cambios tecnológicos, nuevos procesos o normativas. Por lo tanto, el análisis de riesgos debe ser un proceso continuo y adaptativo.

HERRAMIENTAS PARA LA GESTIÓN DE RIESGOS


Para gestionar adecuadamente los riesgos para los derechos y libertades, la AEPD pone a disposición de responsables e interesados un conjunto de herramientas que implementan el primer catálogo de riesgos para los derechos y libertades y la primera metodología publicadas por una Autoridad de Control:


  • FACILITA-RGPD: herramienta de ayuda para adecuar una organización al RGPD cuando el riesgo de sus operaciones de tratamiento sea escaso, en especial, para actividades de tratamiento habituales en una PYME y una MICRO-PRYME (empresas con menos de 10 empleados).
  • EVALÚA-RIESGO: ayuda al responsable a identificar factores de riesgo implícitos en las operaciones de tratamiento determinando la obligación y la recomendación de realizar EIPD.
  • GESTIONA-RGPD: permite al responsable identificar y evaluar riesgos, gestionar medidas de acción para mitigarlos y gestionar tratamientos a lo largo de todo su ciclo de vida.
  • HERRAMIENTAS DE AYUDA PARA LA GESTIÓN DE BRECHAS: COMUNICA-BRECHA RGPD y ASESORA-BRECHA RGPD son las herramientas que orientan al responsable en su obligación de comunicar a los interesados y notificar a la autoridad de control, respectivamente, sobre los hechos relacionados con una brecha de datos personales atendiendo a los riesgos que de dicha brecha pudieran derivarse para los derechos y libertades de las personas físicas.

EVALUACIÓN DE IMPACTO RELATIVA A LA PROTECCIÓN DE DATOS (DPIA)


¿Cuándo es necesaria una DPIA?


En particular, el RGPD establece que una DPIA es obligatoria en los siguientes casos:


  1. Tratamiento de datos a gran escala: Cuando una organización trata grandes volúmenes de datos personales, como en el caso de empresas de marketing o proveedores de servicios online.
  2. Monitorización sistemática: Si la empresa supervisa constantemente a personas a gran escala, por ejemplo, con el uso de cámaras de videovigilancia o rastreo de comportamiento online.
  3. Datos sensibles o criminales: Cuando se procesan datos que revelan origen étnico, opiniones políticas, creencias religiosas, datos de salud, o antecedentes penales.

En general, además de lo indicado, cuando de un tratamiento se deriven dos o más factores de riesgo será obligada la EIPD como resultado de la calificación de un tratamiento de datos personales como tratamiento de alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas.


Máster en RGPD de la AEPD y la UNED: Excelencia en Formación


La comprensión y aplicación de los principios de análisis de riesgos y evaluación de impacto son esenciales para el cumplimiento del RGPD. Estas competencias forman parte del núcleo del Máster en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) ofrecido por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en colaboración con la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED). Este programa está diseñado para formar a profesionales en las mejores prácticas para garantizar el cumplimiento normativo y proteger la privacidad de los datos personales.


Algunos de los aspectos destacados de este máster incluyen:


  • Enfoque práctico y legal: Combina la teoría del RGPD con estudios de casos prácticos, lo que permite a los estudiantes aplicar los conocimientos en situaciones reales.
  • Profesores expertos: El programa cuenta con la participación de profesionales de la AEPD, lo que garantiza una formación actualizada y de calidad.
  • Metodología online: El formato online de la UNED permite que profesionales de todo el mundo puedan acceder a esta formación superior.

Este máster es ampliamente reconocido como uno de los programas más importantes y completos en protección de datos en el ámbito hispanohablante, convirtiéndolo en una opción ideal para quienes buscan especializarse en esta área de creciente relevancia.


CONCLUSIÓN


El análisis de riesgos y la evaluación de impacto son herramientas fundamentales para garantizar la protección de los derechos y libertades de todo estado de derecho. Estos procesos permiten a las organizaciones identificar, gestionar y mitigar los riesgos asociados con el tratamiento de datos, asegurando que los derechos y libertades de los individuos estén debidamente protegidos. La formación especializada en estas áreas, como la ofrecida por el Máster en el Reglamento General de Protección de Datos de la AEPD y la UNED, es clave para profesionales que desean liderar en el ámbito de la protección de datos y el cumplimiento normativo.



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